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AVISO DE MODIFICACIONES AL CONTRATO DE ADHESIÓN

En cumplimiento a lo dispuesto en las Disposiciones de carácter general en materia de transparencia y sanas prácticas aplicables a las instituciones de tecnología financiera, se informa lo siguiente:

Producto o servicio: BILLETERA MÓVIL PAGOFON

Tipo de contrato: Contrato de Adhesión para la Emisión y Depósito Mercantil de Fondos

Número de Registro en el RECA: 15658-458-035093/03-00310-0226

Estatus: Vigente

I. RESUMEN DE MODIFICACIONES

1. Cláusula Vigésimo Séptima. Cesión de Derechos

Antes: Ninguna de “Las Partes” podía ceder, vender o transmitir los derechos y obligaciones derivados del contrato.

Ahora: Se establece que únicamente “El Cliente” no podrá ceder, vender o transmitir los derechos y obligaciones derivados del contrato.

2. Cláusula Trigésima Segunda. Comisiones

Antes: Las comisiones se encontraban establecidas directamente en el contrato, indicando montos y/o porcentajes específicos por operación.

Ahora: Las comisiones estarán disponibles en una tabla externa publicada en el sitio web: https://www.pagofon.net/docs/legales/Comisiones-Billetera-Movil-Pagofon.pdf. Esta tabla forma parte integral del contrato. Coltomoney podrá modificar las comisiones previa notificación con al menos 30 días naturales de anticipación. Es responsabilidad del Cliente consultar periódicamente dicha tabla.

Nota: Se hace la precisión que al día de hoy Coltomoney no tiene comisiones publicadas en su página de internet.

II. FECHA DE ENTRADA EN VIGOR

Las modificaciones entrarán en vigor a los 30 (treinta) días naturales posteriores a la fecha de notificación realizada al Cliente Usuario o al momento de la publicación de este aviso en la página WEB de Coltomoney.

III. DERECHO DEL CLIENTE

El Cliente Usuario podrá dar por terminado el contrato sin costo alguno dentro del plazo señalado, en caso de no estar de acuerdo con las modificaciones, sin perjuicio del pago de adeudos previamente generados.

IV. CONSULTA DEL CONTRATO

El Cliente Usuario podrá consultar la nueva versión del contrato en la página web oficial de Coltomoney y en el Registro de Contratos de Adhesión (RECA) de la CONDUSEF. En los siguientes sitios:

https://www.pagofon.net/
https://registros.condusef.gob.mx/reca/

Documentos relacionados

  • Contrato de Adhesión Vigente
  • Contrato de Adhesión Anterior

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Coltomoney cuenta con la autorización para organizarse y operar como una Institución de Fondos de Pago Electrónico por lo que es una actividad autorizada, regulada y supervisada por las autoridades mexicanas.

Ni el Gobierno Federal ni las entidades de la administración pública paraestatal podrán responsabilizarse o garantizar los recursos de los Clientes que sean utilizados en las Operaciones que celebren con las ITF o frente a otros, así como tampoco asumir alguna responsabilidad por las obligaciones contraídas por las ITF o por algún Cliente frente a otro, en virtud de las Operaciones que celebren.

Los recursos de los Usuarios en las operaciones realizadas con Coltomoney, S.A. de C.V. Institución de Fondos de Pago Electrónico no se encuentran garantizados por ninguna autoridad.

Los fondos de pago electrónico no generan rendimientos o beneficios monetarios por los saldos acumulados en los mismos.

El Buró de Entidades Financieras contiene información de Coltomoney, S.A. de C.V. Institución de Fondos de Pago Electrónico sobre nuestro desempeño frente a los Usuarios, por la prestación de productos y servicios. Te invitamos a consultarlo en la página http://www.buro.gob.mx

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